Fondo Presidenta de la Republica

Postulación al fondo social Presidenta de la República vence el 29 de mayo

Podrán postular y beneficiarse de un proyecto, todos aquellos organismos públicos o privados con personalidad jurídica vigente, que no persigan fines de lucro; y que no tengan saldos pendientes o cuentas por rendir con el Fondo Social. Por este motivo, la organización deberá contar con la aprobación de la rendición de cuentas, por parte de la Unidad de Rendiciones del Fondo Social. Dicha rendición deberá encontrarse aprobada, 3 días hábiles antes de la fecha de inicio de la convocatoria (16 de marzo), si esta condición no se cumple, no podrán postular al proceso 2015.

Toda postulación deberá ingresarse mediante el formulario web disponible en el sitio del Fondo Social.
Fondo Presidenta de la RepublicaEn dicho formulario la organización deberá indicar la forma en que presentará los antecedentes de respaldo del proyecto. El proceso de postulación puede realizarse sólo una vez por organización postulante de la iniciativa. Una vez enviado el formulario en la página web, el sistema automáticamente rechazará cualquier otra postulación si el Rut de la organización ya está inscrito. Excepcionalmente, sólo en el caso de los proyectos vinculados al agua potable rural (APR), se aceptará la siguiente figura: “Unidad Administradora de Fondos” y “Organización beneficiaria”. La primera, será responsable de la correcta aplicación de los recursos, la realización de los pagos y la posterior rendición de cuentas, por otra parte, la organización beneficiaria, corresponde a aquella en cuyo beneficio se desarrolla el proyecto.

Presentación de antecedentes
Digital: La organización ingresará la postulación vía página web, eligiendo la opción “Digital”, la que permite ingresar toda la documentación indicada en las presentes bases (ver por tipo de proyecto), y generar una ficha de postulación. Será responsabilidad de la organización que los documentos sean legibles y estén completos.
Semi-Presencial: La organización ingresará la postulación vía página web, eligiendo la opción “semi- presencial”, la que permite generar una ficha de postulación, que será enviada automáticamente al mail dispuesto por la organización, la cual deberá ser remitida junto con los antecedentes requeridos en este instructivo (ver por tipo de proyecto). El plazo máximo para la fecha de envío de estos antecedentes, será de 3 días hábiles contados desde la fecha del registro del formulario electrónico (se verificará con timbre de envío o recepción directa por el Fondo Social); si esta condición no se cumpliera, el proyecto quedará “Rechazado sin documentación”.

Plazos de postulación
El plazo para ingresar proyectos al Fondo Social, tanto al Fondo Nacional como al FONDES, comenzará el día lunes 16 de marzo de 2015 y finalizará el día 29 de mayo a las 17:00 hrs. Excepcionalmente, podrán existir nuevas convocatorias de postulación del Fondo Social, según lo establezca el Subsecretario del Interior, en el ejercicio de su facultad de administrador de estos Fondos y teniendo en consideración razones como emergencias nacionales, traspaso de recursos de otra administración del Estado y/o un número insuficiente de proyectos aprobados o de proyectos que califiquen para ser admitidos a tramitación, entre otras, debidamente establecidos en la resolución exenta correspondiente.

Otras disposiciones
De la autenticidad de los datos aportados Por el sólo hecho de presentar la postulación se entenderá que el postulante declara y se compromete a que los antecedentes e información acompañados constituyen documentación fidedigna e íntegra.

De la Comunicación y notificación del Proceso Será de exclusiva responsabilidad de la organización, que el correo electrónico ingresado en la ficha de postulación sea válido y revisado periódicamente, ya que a través de él se realizará la única comunicación formal entre el Fondo Social y las organizaciones postulantes.

Del Financiamiento La presente postulación, por parte de la organización, no obliga al Fondo Social a financiar dichas iniciativas, ya que existe una evaluación previa y todo financiamiento se encuentra supeditado a los recursos presupuestarios que se otorgan al Fondo Social según Ley de Presupuestos para el Sector Público año 2015.