cge corte de luz

Sernac regional entrega recomendaciones ante cortes de suministro eléctrico

A raíz de los cortes de suministro eléctrico que han afectado a diversas zonas de la región, el Servicio Nacional del Consumidor informa que los servicios básicos, como su nombre lo indica, son indispensables para los consumidores, motivo por el cual la Ley obliga a que las empresas del sector actúen profesionalmente.

La normativa que regula los servicios básicos como la electricidad y que fiscaliza la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), establece mecanismos de compensaciones en caso de cortes, establecidos en la Ley 19.613.

Las empresas tienen la obligación de entregar un suministro eléctrico de calidad, continuo y seguro. Ante un corte, tomar todas las medidas para reponer el servicio lo antes posible, así como debe contar con planes de contingencia para disminuir al máximo la molestia a los usuarios.

En el caso de fallas en el servicio, las empresas distribuidoras tienen un plazo de 2 horas para detectarla y poder dar una respuesta a los usuarios. En el caso de las zonas rurales, este tiempo de diagnóstico se extiende a 4 horas.

Desde ese momento la compañía debe solucionar el problema en un tiempo prudente.

No obstante, todo consumidor que sufra el daño de sus aparatos eléctricos por causa del alza de voltaje tras un corte injustificado, tiene derecho a la reparación o a ser indemnizado por la compañía.

La compensación no sólo puede significar la reparación o cambio de cada aparato, sino que un monto adicional por lo que significa estar privado involuntariamente de su uso, siempre y cuando esto le ocasione perjuicios.

Hay que recordar además que en la boleta o factura deberá tener desglosados los cobros por potencia, energía, mantenimiento y cualquier otro cargo que se efectúe en ella, el límite de invierno cuando corresponda, la fecha de emisión de la factura o boleta, la fecha límite de pago y el valor total a pagar con los impuestos que procedan.

Recuerde que no le pueden cortar la luz por atrasarse en el pago de otros servicios como electrodomésticos o seguros asociados.

Lo primero que tiene que hacer un consumidor cuando siente que sus derechos han sido vulnerados es reclamar ante la empresa.

Cuando no obtiene respuesta o ésta es insatisfactoria, puede recurrir ante la SEC o el Sernac e interponer su reclamo.