SII rancagua

Las novedades de la Operación Renta 2023

El 01 de abril comenzó el proceso de enviar las declaraciones de renta del año tributario (AT) 2023, en donde se presentan las rentas generadas durante el año 2022. Éstas pueden provenir mayormente de la venta de productos y/o servicios de las empresas donde se pagará el impuesto de primera categoría o de las rentas derivadas del trabajo, ya sean sueldos y/o honorarios.

Una de las novedades de este año estuvo presente en las declaraciones juradas – proceso que en su mayoría terminó en marzo – donde los cambios de mayor interés para las pymes estuvieron en las Declaraciones Juradas N°1879 sobre retenciones por honorarios y la N°1887, referente a sueldos, no tan solo en el formato si no también en que se generaron propuestas por parte del SII. Éstas se construyeron en base al Registro Anual de Boletas de Honorarios Electrónicas y el Libro de Remuneraciones Electrónico que las empresas enviaban mensualmente a la Dirección del Trabajo.

Respecto a la tributación de las Pymes deben conocer el régimen tributario al que están acogidas y los beneficios que estos conllevan, a modo de ejemplo: En el Régimen Propyme (14 D3), su tasa de impuesto de primera categoría para esta renta es de un 10% sobre la base imponible, los socios personas naturales tributan por los retiros realizados durante el 2022, con el Impuesto Global Complementario en base a una tabla que contiene tramos y que es progresiva. En cambio, en el Régimen Transparente su tasa de impuesto de primera categoría es de un 0%, los socios tienen que ser personas naturales y tributan por retiros asignados, donde se toma la base imponible de la empresa y se le aplica el porcentaje de participación, este resultado será el retiro del socio que pagará el Impuesto Global Complementario.

Respecto a las novedades de rentas de las personas, si alguien tiene acciones en empresas que se transan en la bolsa y las vendieron el año 2022, durante los meses de septiembre a diciembre deberán pagar por primera vez el 10% de impuesto único sobre la base tributaria del mayor valor en ventas de acciones.

Devoluciones

El Servicio de Impuestos Internos estableció las siguientes fechas de declaración de renta y de los eventuales depósitos de las devoluciones de impuestos, si les corresponden:

  • Declaraciones del 1 al 8 de abril, el depósito será el jueves 20 de abril.
  • Declaraciones del 9 al 27 de abril, el depósito será el lunes 15 de mayo.
  • Declaraciones del 28 de abril al 10 de mayo, el depósito será el viernes 29 de mayo.

No olvidar que aquellos contribuyentes que tengan una devolución de impuesto a la renta se les procederá a retener estos montos si son deudores por pensiones de alimentos. Quienes tengan que pagar impuestos, sean empresas o personas, su plazo vence el 02 de mayo.

Una correcta operación renta significa no tan solo cumplir con sus obligaciones tributarias, con datos fidedignos, sino que además evitar inconsistencia de información entre lo declarado por la empresa y la información que maneja el servicio, provocando en algunos casos retención de devoluciones o rentas observadas que luego tendrán que aclararse.